UE flexibiliza normas de arrendamiento de camiones de mercancías en estados miembros

El Consejo y el Parlamento Europeo decidió poner en marcha el acuerdo provisional sobre el arrendamiento o renting de camiones de transporte de mercancías en cualquier Estado miembro. En el documento se clarifican las normas que el Consejo Europeo había prometido revisar en junio de este año. Respecto a la anterior directiva, las principales modificaciones se traducen en una mayor flexibilidad para alquilar este tipo de vehículos .

La decisión es para toda empresas de transporte que realicen su trabajo en cualquier Estado miembro de la UE, siempre y cuando se cumplan las normas pertinentes de matriculación. Anteriormente, no estaba permitido usar los servicios de alquiler de camiones de mercancías de un Estado miembro diferente a donde la empresa de transporte había efectuado su registro.

Según El Mercantil, este acuerdo está enmarcado en el Paquete de Movilidad que fue aprobado por el Parlamento Europeo a finales de 2019. Gracias a estas nuevas normas, ambas instituciones europeas aspiran a optimizar las operaciones de transporte en el mercado único, así como a promover la sostenibilidad, puesto que los vehículos alquilados tienden a ser más nuevos, más seguros y más respetuosos con el medioambiente.

El ministro esloveno de Infraestructuras y presidente del Consejo de la UE, Jernej Vrtovec, dijo que “la mayor libertad para alquilar vehículos dará a las empresas de transporte más flexibilidad cuando se produzcan altos de demanda o cuando se necesite un vehículo de sustitución”.

Asimismo, remarcó que «este documento provisional proporciona igualdad de condiciones y más oportunidades para las empresas que necesiten alquilar vehículos para uso profesional. Este acuerdo también se enmarca en el objetivo común de una economía más verde«. Dado que los impuestos al transporte varían a lo largo de la UE, los Estados miembros podrán hacer uso de restricciones, dentro de unos límites, de este alquiler de camiones de mercancías en otro Estado miembro.

Restricciones

Las limitaciones se refieren, principalmente, a la proporción de vehículos alquilados matriculados en otro Estado miembro en la flota de una empresa de transporte, además de la duración del arrendamiento de un vehículo alquilado en el extranjero. Por esta razón, el periodo mínimo de alquiler de un vehículo individual matriculado en otro Estado miembro será de dos meses, con una posibilidad máxima de respaldo de 30 días, si así lo exigen las normas nacionales de matriculación de vehículos.

Los países de la UE tendrán también que incorporar las nuevas disposiciones a la legislación antes del 21 de agosto de 2023. El acuerdo provisional alcanzado está sujeto a la aprobación del Consejo Europeo. Por el momento, el próximo paso es someter el texto al Comité de Representantes Permanentes de la UE (Coreper).

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